Ingeniería y Construcción
Todo Riesgo Construcción o (CAR)
El seguro de caución es el instrumento de garantía mediante el cual el asegurador garantiza al beneficiario el cumplimiento de las obligaciones de dar o hacer de un tercero.
Las partes que intervienen en el seguro de caución son tres:
Se garantiza la obligación del Tomador de mantener su oferta y en el caso de resultar adjudicatario, firmar el contrato respectivo en la forma y plazos requeridos.
Garantiza el cumplimiento del contrato en tiempo y forma, indemnizando al Asegurado en caso de rescisión del mismo por los daños derivados del incumplimiento.
En este contexto, la garantía de anticipo financiero y/o acopio es la mejor manera de asegurar al Comitente ante el incumplimiento del contratista o proveedor que deba dar lugar a la restitución de todo o parte del dinero que percibió en forma adelantada, en el caso de un Anticipo Financiero, o bien restituir los bienes o materiales acopiados que no hayan sido motivo de desacopios por haberse incorporado a una obra o bien en fabricación por parte del contratista.
El objeto de esta póliza es la sustitución de las retenciones a efectuar por el Asegurado al Tomador que, según la ley aplicable y/o el contrato, está obligado a constituir con el objeto de atender las reparaciones originadas por defectos de mano de obra o mala calidad de los materiales empleados. Se libera con la recepción definitiva de la obra.
Cubre la devolución al Asegurado de bienes o materiales que han sido entregados para uso, reparación o incorporación a la obra, suministro o montaje a cargo del Tomador. La garantía es por el valor de dichos bienes o materiales.